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Evaluación de las enseñanzas artísticas superiores

Presentación del programa

La Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación regula de forma específica las enseñanzas artísticas superiores, definiéndolas en el contexto del Espacio Europeo de Educación Superior. La ordenación de estas enseñanzas, sus sistemas de evaluación y mejora de la calidad, están a su vez establecidas en el  Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Real Decreto 1614/2009  

En particular, los títulos oficiales de máster en enseñanzas artísticas deben ser acreditados mediante la inscripción en un Registro estatal de centros docentes no universitarios, tras un proceso de homologación de los planes de estudio por el Ministerio de Educación, que solicitará un informe al órgano de evaluación externa de la comunidad autónoma, como es el caso de ACSUCYL. Las modificaciones de esos planes deben ser a su vez aprobadas por el Ministerio.

También, de conformidad con la citada normativa, los títulos de máster en enseñanzas artísticas registrados deben de renovar su acreditación cada seis años, sometiéndose a un procedimiento de evaluación por el órgano de evaluación externa de la comunidad autónoma. En la evaluación se comprobará que el plan de estudios correspondiente se está llevando a cabo de acuerdo con el proyecto autorizado, mediante una evaluación que incluye una visita externa al centro docente donde se imparte el título.  Además, hasta el momento en que deban someterse a la evaluación para renovar su acreditación, los títulos registrados serán sometidos a un seguimiento por los órganos de evaluación externa de las comunidades autónomas, basándose en la información pública disponible.

En Castilla y León se ha promulgado para regular los procedimientos de propuesta y modificación de los planes de estudios de las enseñanzas artísticas superiores del título de Máster por los centros privados la Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana ORDEN EDU/329/2018 , en la que se regula la colaboración de ACSUCYL en la evaluación de las propuestas para la homologación y modificación de estos títulos así como el modelo de memoria de sus planes de estudios.

Proceso y criterios

RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE MÁSTERES DE ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES

Órgano de evaluación

ACSUCYL realiza la evaluación de los planes de estudio y títulos a través de la Comisión de Evaluación de Titulaciones , responsable entre otras funciones de:  

  •  Planificar y coordinar el proceso de evaluación.
  •  Diseñar, aprobar y publicar los criterios y las metodologías de evaluación.
  •  Adoptar colegiadamente las decisiones finales de evaluación.

Para el desarrollo de sus funciones la Comisión recaba el asesoramiento de expertos integrados en subcomités específicos de evaluación (en función del ámbito del título) dentro del Comité de Rama de Humanidades (ver  Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaComités de Evaluación (277 kbytes) ).

Las actuaciones de los miembros de la Comisión y expertos de los Comités están sujetas al Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaCódigo Ético (556 kbytes) de la Agencia.

Resultados

Informes de evaluación para la homologación de títulos de máster en enseñanzas artísticas superiores:

Informes de evaluación previa a la modificación de títulos de máster en enseñanzas artísticas superiores

Informes de evaluación para el diseño e implantación de sistemas de garantía de calidad en títulos superiores de enseñanzas artísticas:


Informes de evaluación para la renovación de la acreditación de máster en enseñanzas artísticas superiores: