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Evaluación de precandidatos/as o candidatos/as para la dotación de plazas de profesorado contratado en el marco de convocatorias propias de las universidades

Presentación del programa

La selección y promoción del personal docente e investigador de las Universidades está comprendida dentro del marco de la de autonomía universitaria que define la  Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario  

En el ejercicio de esa autonomía, las universidades establecen procedimientos internos para seleccionar y promocionar a su profesorado, en los que se puede incluir la evaluación previa por ACSUCYL de las y los candidatos y precandidatos a plazas de profesorado contratado.

A tal fin, la Agencia incluye este programa de evaluación en su Catálogo de Servicios de evaluación, de modo que las universidades pueden Descarga del documento tipo DOCX. Abre una nueva ventanasolicitar la prestación (111 kbytes) de este servicio, que tras la aprobación por el Consejo de Dirección de ACSUCYL y la firma del correspondiente contrato, dará paso al proceso de evaluación.

Proceso y criterios

La evaluación de las solicitudes presentadas a convocatorias de las universidades para la selección o preselección de profesorado contratado, ACSUCYL la realiza de acuerdo al procedimiento establecido en el siguiente manual de evaluación:

Las convocatorias en las que ACSUCyL ha colaborado o colabora en la actualidad en este tipo de evaluaciones se pueden consultar en el siguiente archivo. En él se puede visualizar también la “metodología de evaluación” utilizada en cada proceso de evaluación, en la cual se especifican las pautas, los referentes o la rúbrica de evaluación empleada para aplicar los criterios de evaluación establecidos en las distintas convocatorias, así como aquellos elementos y aspectos que toman en consideración los órganos de evaluación para la motivación de sus valoraciones e informes:

Órgano de evalución

ACSUCYL realiza desde 2024 la evaluación de las solicitudes de evaluación recibidas de las Universidades a través de la Comisión de Evaluación de Profesorado , responsable entre otras funciones de:  

  • Planificar y coordinar el proceso de evaluación.
  • Diseñar, aprobar y publicar los criterios y las metodologías de evaluación.
  • Adoptar colegiadamente las decisiones finales de evaluación.

Para el desarrollo de sus funciones la Comisión recaba el asesoramiento de expertos,.de forma que cada solicitud, con carácter general (a no ser que en el contrato suscrito con la Universidad se especifique que solo intervendrá un experto), es valorada de forma individual por dos expertas/os en el campo de trabajo del o la solicitante, actuando como “pares ciegos”.

Las y los miembros de la Comisión y todas/os las y los expertas/os que colaboran en estos procesos de evaluación están vinculados a entidades de fuera de Castilla y León, y sus actuaciones están sujetas al  Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaCódigo Ético (556 kbytes) de la Agencia.

Con anterioridad a 2014, la evaluación de estas solicitudes ACSUCyL la ha realizado a través de su Comisión de Evaluación de la Investigación.

Resultados