El
Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios (245 kbytes)
, establece la acreditación institucional de centros universitarios, a partir de la cual se incorpora en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales el procedimiento especial de renovación de la acreditación de títulos oficiales, como alternativa al procedimiento general, para las titulaciones correspondientes a los centros que hayan obtenido la acreditación institucional.
El procedimiento de acreditación institucional, regulado por la Resolución de 3 de marzo de 2022, de la Secretaría General de Universidades, por la que se dictan instrucciones sobre el procedimiento para la acreditación institucional de centros de universidades públicas y privadas, conlleva una solicitud ante la agencia de calidad universitaria de la comunidad autónoma en cuyo territorio se haya establecido la universidad y que se encuentren inscritos en el Registro Europeo de Agencias (European Quality Assurance Register for Higher Education, EQAR) , como es el caso de ACSUCYL, que tras un proceso de evaluación emitirá un informe vinculante para el Consejo de Universidades, que dictará la resolución al respecto.
Como requisitos para obtener la acreditación institucional los centros universitarios deberán por un lado haber renovado la acreditación inicial de al menos la mitad de los títulos oficiales de grado y máster que impartan de acuerdo al procedimiento general, y por otro lado contar con la certificación de la implantación de su Sistema de Garantía Interno de Calidad (SGIC), expedida por una agencia de calidad universitaria tras superar un proceso de evaluación conforme al Protocolo para la certificación de SGIC establecido por la Conferencia General de Política Universitaria.
Con el objetivo de evitar duplicar los procesos de evaluación, ACSUCYL ha alineado los criterios de evaluación para la certificación de la implantación del SGIC y para la acreditación institucional, coordinando ambos procesos en el programa ELENCHOS (término griego, equivalente al latino “audit”, auditar).
ACSUCYL realiza la evaluación de los expedientes a través de la Comisión de Evaluación de la Calidad Institucional , responsable entre otras funciones de:
Para el desarrollo de sus funciones la Comisión recaba el asesoramiento de expertos integrados en
Paneles Evaluadores (50 kbytes)
que actúan de forma colegida.
Las actuaciones de los miembros de la Comisión y expertos de los Paneles están sujetas al
Código Ético (556 kbytes)
de la Agencia.
Registro de centros universitarios con certificado ELENCHOS de implantación del SGIC .
Informes de evaluación para la acreditación institucional de centros universitarios. (407 kbytes)